Sin duda el año 2020 será recordado por la aparición de una pandemia de alcance mundial y sus consecuencias. Un fenómeno que no ha distinguido nacionalidad, ni raza, ni clase social al momento de enfermar, pero que rápidamente dio cuenta de que sus efectos no se distribuirían de igual modo en toda la sociedad. Paralizados los sectores productivos y comerciales, en pocos meses, aumentó el desempleo y comenzaron a faltar los recursos para los insumos básicos en miles de hogares. La población, respondió organizando ollas populares y articulando estrategias de colaboración para con los más afectados. Pero, mientras en la opinión pública surgió el debate sobre las políticas de protección por parte del Estado, no queda claro el papel que cobra la “solidaridad” en la vida social de la comunidad, pese a que el uso del término se ha puesto de relieve tanto en los discursos de las autoridades políticas, como en las narraciones de los medios de comunicación y de los ciudadanos en general.

 

En las grandes religiones de la antigüedad y como nociones antecesoras de la solidaridad aparecen la caridad y la benevolencia. Sin embargo, en la tradición occidental de la filosofía de Aristóteles, éstas eran virtudes éticas que se desarrollaban con el hábito (ȇthos) y se debían cultivar, pero que no se exigían como obligaciones más allá del propio círculo de amistades. Posteriormente, en el último período de la filosofía griega y con la simpatheía de los estoicos, surge la noción de fraternidad universal como una sociabilidad natural de los seres humanos que va más allá de la propia comunidad, será el ideal que se extenderá por siglos con el mensaje cristiano de amor al prójimo.

 

En el diccionario de la RAE, el término “solidario” (del latín: in solidum) tiene dos significados, como adjetivo: “adherido o asociado a la causa, empresa u opinión de alguien” y como término técnico del Derecho Civil: “dicho de una obligación” para cumplir deudas contraídas. Esta última acepción, tiene sus orígenes en el Derecho romano, donde la solidaridad es una responsabilidad que implica asumir la obligación moral de actuar para responder por otros. Cada miembro individual de una familia o comunidad asumía la responsabilidad por quien no pudiera pagar sus deudas, y ese otro a su vez debía responder por cualquier otro; las deudas se consideraban comunes.

 

Ahora bien, la solidaridad tal como la conocemos, aparece con la Revolución Francesa con su ideal de fraternité, ante la necesidad de justificar el poder soberano y la cohesión social. La obligación  in solidum deriva en el sustantivo francés solidarité en el contexto post-revolucionario y se constituye así en uno de los principios republicanos de la vida pública. La idea de una responsabilidad mutua entre el individuo y la comunidad que se extiende a la sociedad en su conjunto y se amplía desde el marco legal al terreno de la moralidad y de la política.

 

Los fines sociales y políticos como la libertad, la paz, la unidad, la justicia, etc. necesitan de la cooperación, del consentimiento entre los individuos y de la legitimación de algún tipo de lealtad a un orden social dado que no esté motivado sólo por la coacción. Desde entonces y hasta el siglo XX, la cohesión social se ha explicado a través de la noción de solidaridad, no sólo como la necesidad de auto-preservación y de colaboración entre pequeñas unidades como la familia, el barrio o la comunidad, que comparten identidades, creencias y una moral común, sino también, por la división del trabajo propia de las sociedades avanzadas, en donde la especialización de tareas y funciones requirió una moralidad más abstracta encarnada en el derecho.

 

En el siglo XX y después de las dos guerras mundiales, cobraron relevancia las discusiones sobre la democracia y los derechos humanos. Derechos universales que fueron proclamados por las Naciones Unidas en diciembre de 1948, como un ideal común para todos los pueblos y naciones, que reconocen la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. Sin embargo, no será hasta finales del siglo XX, con la globalización, el multiculturalismo y la creciente exclusión social, que surgen los debates acerca de la legitimidad de apelar a una solidaridad universal (que vaya más allá de los Estados-nación) y las formas tradicionales o comunitarias de concebirla.

 

Es fácil reconocer que la solidaridad se dé naturalmente en el marco de las familias, los barrios o las comunidades religiosas, políticas o deportivas, son modelos típicos de grupo de pertenencia. No obstante, la vida social contemporánea en las grandes ciudades ha dejado de ser comunitaria y es muy difícil generar lazos de solidaridad que atraviesen a toda la sociedad. La industrialización, la tecnología y el uso intensivo de conocimientos producen simultáneamente fenómenos de igualdad y de desigualdad, originando dos tipos de solidaridades: la de los excluidos y la de los no-excluidos de los sistemas de producción. Porque en un mundo donde se promueve el mérito individual y la competencia, y donde ayudar al prójimo no se considera una obligación moral, los vínculos sociales se debilitan generando la marginación y la estigmatización de los más vulnerables. Además, la cohesión de un grupo que se identifica con un “nosotros” con intereses particulares, siempre implicará  a “otros” que serán excluidos. Por lo que la solidaridad grupal, cuando se pone al servicio de causas injustas o de intereses corporativos, sin una sensibilidad moral que preserve la integridad de las personas en sus relaciones recíprocas cotidianas, también se vuelve inmoral.

 

En este sentido, considerar el alcance de la solidaridad sin que quede determinado quienes serán los destinatarios de la misma, nos ayuda a comprender la importancia y el desafío de justificar una solidaridad universal. Solidaridad que, junto a la idea de igual dignidad e igual trato, pueda contribuir a crear las condiciones para la inclusión de ese “otro” que solemos percibir como a un extraño, asumiendo que existe una responsabilidad que nace del hecho de integrar un mundo del que todos somos parte.

 

ARISTÓTELES, Ética Nicomáquea, Ed. Gredos, Madrid, 2000, p 215, 1155a

2 https://dle.rae.es/solidario?m=form

3 FASCIOLI, Ana, Sobre la noción de «solidaridad» y algunos de sus problemas normativos, Revista Actio N° 17, Fhuce, Udelar, diciembre de 2015.

 

Martha Reverberi y Jonathan de Barros

 

Alumnos del Departamento de Filosofía de la Práctica de la Facultad de Humanidades 

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